El primer paso siempre es el reclamo directo y por escrito al inquilino, dejando constancia de la fecha y el monto adeudado. Si el atraso persiste más allá de uno o dos meses, el paso siguiente es activar la garantía de alquiler contratada —sea ANDA, una aseguradora o la Contaduría General de la Nación—, que existe exactamente para este escenario.
¿Cómo se activa la garantía cuando hay un atraso?
Cada garantía tiene su propio procedimiento y plazos de aviso (normalmente hay que notificar el incumplimiento dentro de un plazo determinado desde que se produce, que varía según la entidad), pero en todos los casos el propietario presenta la constancia del atraso y la garantía se hace cargo del pago adeudado, para luego gestionar ella misma la cobranza o el desalojo frente al inquilino.
¿Qué pasa si no hay garantía o se agotó su cobertura?
Ahí el camino es la vía judicial: dependiendo de si el contrato está en régimen de libre contratación o regulado, y de si corresponde la vía del desalojo exprés habilitado por la LUC (para contratos sin garantía formal y con cierto nivel de atraso), los plazos y el procedimiento cambian bastante. Es un terreno donde conviene asesorarse puntualmente antes de dar el paso siguiente.
Una garantía de alquiler contratada (ANDA, aseguradora o CGN) existe específicamente para cubrir el atraso del inquilino —activarla es más rápido y menos costoso que ir directo a la vía judicial.
En síntesis
Un atraso puntual no es necesariamente el inicio de un problema grave, pero sí hay que actuar rápido: reclamo escrito primero, garantía después, y recién si ninguna de las dos resuelve, la vía judicial. Tener la garantía correcta desde el principio del contrato es lo que hace que este escenario se resuelva rápido en vez de transformarse en un proceso largo.
¿Siguiente paso?
Si administramos tu propiedad, nos encargamos nosotros del reclamo y de activar la garantía ante el primer atraso, sin que tengas que gestionarlo vos.
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